Puedes presentar la denuncia ante la Policía Nacional del Perú, las fiscalías penales o de familia y los juzgados de familia. Puede formularse verbalmente, por escrito o mediante los canales tecnológicos habilitados. La Ley 30364 no exige firma de abogado ni pago de tasa para denunciar. Relata los hechos, identifica a la persona agresora si la conoces e informa si hay menores o personas en riesgo. Si existe peligro inmediato, prioriza acudir a un lugar seguro y solicitar intervención policial; no esperes una cita particular.
Sí. La protección de la Ley 30364 comprende violencia física, psicológica, sexual y económica o patrimonial dentro de su ámbito de aplicación. La ausencia de lesiones visibles no impide comunicar hechos de violencia psicológica. Describe las conductas, su frecuencia y las circunstancias, y aporta mensajes o testigos si existen. No necesitas reunir un expediente completo antes de pedir ayuda. Corresponde a las autoridades realizar las actuaciones y evaluaciones pertinentes. El análisis del vínculo y del contexto permite determinar la protección aplicable a cada situación.
El juzgado evalúa el riesgo y las circunstancias para disponer las medidas de protección correspondientes. Estas pueden incluir restricciones de acercamiento o comunicación y otras medidas previstas legalmente. Explica los antecedentes, las amenazas recientes y cualquier incumplimiento de decisiones anteriores. Conserva una copia de la resolución y comunica a la autoridad si se vulnera. La protección busca reducir el riesgo; no equivale a una sentencia penal ni reemplaza las investigaciones. Las medidas concretas y su ejecución deben revisarse según la resolución emitida en tu caso.
Ley 30364: tipos de violencia, denuncia y medidas de protección
Ley 31156: canales tecnológicos y denuncia sin firma de abogado
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